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Nueva normativa para las reformas de vehículos

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  • Avatar de patoaparato

      Nueva normativa para las reformas de vehículos

      Avatar de patoaparato

        Algún forero venía avisando tiempo atrás de este cambio normativo.

        Fuente: http://motor.terra.es/ultimas-noticias-actualidad/articulo/tuning-regulacion-gobierno55642.htm

        [i]06/07/2010

        [color color=red]Se deroga una norma de más de 20 años de antigüedad [/color]

        [size size=140]El Gobierno regula el tuning [/size]
        El Consejo de Ministros ha dado ‘luz verde’ a un Real Decreto por el que se aprueba el procedimiento para la realización de las reformas efectuadas en vehículos después de su matriculación definitiva, con el objetivo de que se sigan cumpliendo los requisitos técnicos exigidos para su circulación tras los cambios efectuados.

        En la rueda de prensa posterior al Consejo, la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, ha indicado que con esta norma se deroga otra de más de veinte años de antigüedad, al objeto de asegurar las condiciones de seguridad de los vehículos y de dar más garantías a los ciudadanos.

        La nueva normativa adapta determinados conceptos y exigencias a una Directiva comunitaria de 2007 sobre homologación de los vehículos de motor y de los remolques, sistemas, componentes y unidades técnicas independientes destinadas a dichos vehículos.

        Auge del ‘tuning’

        La actividad de las reformas de los vehículos en España ha adquirido una gran importancia, tanto en lo que se refiere a la actividad laboral, como a su repercusión económica. Durante el año 2008 se han realizado más de 165.000 reformas de vehículos, lo que ha supuesto una importante contribución tanto al desarrollo técnico, como al laboral y económico.

        El elevado volumen de modificaciones implica a un gran número de agentes, como fabricantes, talleres o servicios técnicos especializados, lo que hace necesaria una norma que unifique la legislación nacional y comunitaria y clarifique diversos conceptos.

        Con el nuevo procedimiento de reformas de vehículos se crea un marco que posibilitará las modificaciones en los vehículos, al tiempo que se garantiza la seguridad activa y pasiva de los vehículos y la protección del medio ambiente. [/i]

        Tengo un miedo atroz, sólo con ver la manipulación de la que hace gala todo un Ministro (vicepresidente para más INRI) del Gobierno del Estado. Qué mas da que la tenga más de 20 años (RD 736/1988), si se ha mantenido al día con el CTE/3191/2002. O sea, que la reforma tiene menos de 10 años. Otra cosa es que haya que adaptarse a una Directiva Europea (supongo que la 2007/46/CE, no estoy seguro) pero, ¿de verdad era necesario hacer gala de ese énfasis? ¿Qué hacemos, cambiamos también a la vice porque es demasiado vieja?

        Lo curioso es que aún no he encontrado el texto ni siquiera en el BOE y desconozco si la aprobación del Consejo de Ministros es el paso previo a una tramitación parlamentaria como ley, como Real Decreto o como Orden del Ministerio de Industria.

        Un saludo

        Avatar de Exeo

          El texto del RD 866/2010, se ha publicado hoy

          http://www.boe.es/boe/dias/2010/07/14/pdfs/BOE-A-2010-11154.pdf

          el manual de reformas, donde vendrán tipificadas, va por mas de 500 páginas. Estamos trabajando para que se publique antes de la entrada en vigor del RD, el 14 de enero de 2011.

          Patoaparato, la 2007/46/CE afecta totalmente a las reformas, y desvirtúa el actual RD 736/88 lo que hace necesaria su derogación por un nuevo Real Decreto. En primer lugar, impide que haya reformas previas a la matriculación, lo que deja a las mismas solo con la vía de homologación individual. En segundo lugar, establece criterios incompatibles con el actual RD. Esto, logicamente, hacia necesario replantear las reformas. Y se ha aprovechado para quitar toda la morralla y todos los agujeros y coladeros (reforma 46 p.e.) que tenía la norma todavía en vigor.

          No se va a limitar la modificación o reformas de vehículos, se va a crear un marco nuevo con mayor control, que hacia falta.

          Avatar de patoaparato

            Ya podía buscar ayer, ya. Mítica reforma 46. En todo caso, aún quedan seis meses de vigencia a partir de hoy del RD 736/88.

            Gracias Exeo.

            Un saludo

            Avatar de xavimk3

              ehm, a veces me sorprendo del nivel que tiene este foro. no he entendido absolutamente nada.

              así que como parece que pilotáis del tema, ¿sería mucho pedir que dieseis cuatro pinceladas de las modificaciones más importantes del susodicho RD? ¿qué permitirá que ahora no permita, o al revés, qué dejará de estar permitido?

              Avatar de patoaparato

                Lo siento xavimk3, el nivel no es tanto, al menos en lo que a mí respecta. Mientras no tenga el manual de reformas en mi poder no pienso pronunciarme. Y mucho menos conociendo a la gente que manda, porque después de visto lo que ha pasado con la ley de tráfico y seguridad vial, su traumática tramitación parlamentaria para que, una vez aprobada, venga Pere Navarro y diga que va a poner los medios necesarios para que los detectores de radar no sean legales, apaga y vámonos.

                Un saludo

                Avatar de Exeo

                  el borrador (que yo si tengo) tiene 506 páginas. Está dividido en 4 secciones. Será referencia legislativa como lo es el manual de procedimiento de ITV.

                  afortunadamente, aqui tráfico ha metido poco el cazo. Es un tema mas de homologación (una reforma es la ruptura de la homologación del vehículo) y de ITV.

                  yo haría un resumen, pero los cursos que estoy impatiendo sobre el tema duran 16 horas.

                  lo mas importante es lo que ya he comentado. En vehículos con homologación CE, no será posible reformar un vehículo antes de su matriculación (ojo con los PMR, a ver como se arregla esto)

                  nuevas exigencias técnicas a cumplir por los vehículos reformados y nuevos requisitos exigibles a los Servicios técnicos designados para intervenir en las reformas de vehículos.

                  luego están las fichas de cada posible reforma, etc, etc. 506 páginas dan para mucho. Yo tengo un resumen de 80 páginas, jejejeje. Pero si, las reformas vana ser pelin mas restrictivas, que esto era jauja y no es plan.

                  Avatar de xavimk3

                    jauja? imagino que te refieres a las «reformas de importancia» firmadas por ingenieros, porque lo que son reformas propias hechas por el usuario…

                    Exeo, con la normativa nueva se aceptará la homologación TÜV, o seguirá, como dicen, sin tener validez?

                    Avatar de Exeo

                      ya no hay reformas «de importancia», siempre me ha parecido un nombre un poco chorra lo de darle «importancia» a las reformas, jejejeje. Me recuerda a una receta con patatas. Afortunadamente eso se ha subsanado. Ahora solo son reformas.

                      con «jauja» me refiero al coladero que han sido las reformas en este pais, hay casos para todos. Ingenieros, particulares, laboratorios, ITVs, talleres, fabricantes, importadores, gestores y personajes de diferente pelaje y condición. Aqui todo dios ha querido meter mano en las reformas para hacerse de oro y eso se va a acabar.

                      Homologación TÜV. supongo que te refieres a la homologación nacional alemana concedida por el TüV. Bien. Eso no tiene nada que ver con las reformas.

                      Te explico. La homologación nacional es reglada por la Directiva marco 2007/46/CE en sus diferentes entradas en vigor dependiendo del tipo de vehículo. Antes, las homologaciones nacionales emanaban de las particulares reglamentaciones de cada estado. Eso con la nueva marco ya no es asi. Ahora las nacionales tienen que estar basadas en lo que dice la marco.

                      Las homologaciones nacionales no están armonizadas entre los paises miembros y el tener un vehículo con homologación nacional era un impedimento para ser matriculado en otro pais miembro con el único camino posible de una homologación individual. Esto sigue siendo igual, pero puede darse el caso de las equivalencias, es decir, que un pais (por ejemplo españa) considere válida una homologación nacional de otro (por ejemplo españa). En ese caso, ese vehículo podrá ser matriculado en otro estado miembro mediante esa equivalencia.

                      Habra que ver que actos reglamentarios han sido homologados y que ensayos se han llevado a cabo, criterios de exención, etc, para verlo. En este caso es el ministerio de industria el que establecerá la equivalencia, ojo, vehículo por vehículo. Ni finales de serie ni familias ni nada de eso. Uno por uno. Eso pasa mucho con las importaciones de vehículos con homologaciones nacionale, coches en kit, etc, etc. Esos todos tendrá que ir via individuales.

                      Avatar de xavimk3

                        veo que el grueso de la ley, por lo que comentas, se refiere a homologaciones de coches «completos» por así decirlo. me parece entender, pues, que las empresas que modifican coches antes de matricularlos (carroceras, adaptaciones para policía – ambulancias – bomberos – etcétera) deberán adaptarse, y que la normativa en general viene a regularizar lo que hasta ahora era algo caótico, todo elt ema de homologaciones y demás.

                        a nivel más casero, lo que decía del TüV alemán, a parte de leerlo en foros y demás, lo he vivido… mi coche traía de serie unos faros Hella, los cuales cambié por otros faros distintos pero también Hella que traían su homologación alemana dentro, y luego me enteré que esa homologación aquí no servía para nada. me pareció extraño que a nivel de CE aún hubiesen casos de este tipo, y no hubiese (o en todo caso, no se impusiese) una homologación europea común.

                        Avatar de Exeo

                          reformas solo para vehículos completos o completados pero matriculados. Un vehículo incompleto ya no se podrá matricular. Las empresas que reforman vehículos previamente a la matriculación deberán hacerlo igual, pero sobre vehículos matriculados.

                          Tiene una explicación. La homnologación nacional suele ser un coladero, es mucho menos restricitiva y ademas es que es mucho mas cara la homologación CE que la nacional 😉

                          Avatar de patoaparato

                            Finalmente, el pasado 14/01/2011 entró en vigor el RD 866/2010, de la mano de su nuevo manual de reformas de vehículos. 486 páginas, nada menos.

                            Yo lo he encontrado aquí:
                            http://www.mityc.es/es-ES/Documentacion/DocumInteres/ManualReformasVehiculos14Enero2011.pdf

                            Ahora me toca leerlo.

                            Un saludo

                            Avatar de The_Osco

                              No sé cómo estará la normativa en Italia pero esto es de aplaudir

                              Avatar de DTM995

                                Puff, yo me quedo con el Brera de serie, me sigue pareciendo un buen diseño.

                                Avatar de s18j

                                  +1 @DTM995 no le puedes endorsar algo que no va. En todo caso solo los faros, y ni eso (le sentarian mejor los del Tonale eso si).

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