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Principales novedades de la nueva ley de seguridad vial

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  • Avatar de Fiorano

      Principales novedades de la nueva ley de seguridad vial

      Avatar de Fiorano

        Aquí os dejo un archivo para que lo descarguéis con las novedades de la ley que entrarán en vigo el próximo 25 de mayo.

        Avatar de daniS

          Exactamente el mismo documnto, me lo enviaron a mi tb. suerte ahi fuera chicos, la DGT está de caza…

          Avatar de patoaparato

            Ahora llegará el momento en el que la gente se dará cuenta de la rebaja de derechos que va a sufrir con esta reforma de la ley. Y, como decían en cierto programa de TVE con Jordi Estadella,
            [size size=120]¡AQUÍ NO PASA NADA![/size]

            Por ejemplo:
            Se amplía a 4 años el plazo de prescripción de las sanciones consistentes en multa pecuniaria
            • El tradicional concepto de domicilio físico se transforma ahora en domicilio virtual. Este domicilio virtual se constituye en obligatorio para las personas jurídicas que matriculen nuevos vehículos y
            • Se establece una reducción del 50% del importe de la sanción de multa en caso de pago voluntario de la misma en el momento de la denuncia o dentro del plazo de [u]quince días naturales[/u] contados desde el día siguiente al de su notificación.
            • Entre las infracciones muy graves destaca la inclusión de la utilización de mecanismos destinados a eludir la vigilancia y control del tráfico. [i](esto dará mucho que hablar por la horrible redacción del artículo, los abogados se van a forrar)[/i]
            • Con carácter general, la nueva Ley establece una cuantía fija para las sanciones: hasta 100 euros para las infracciones leves, 200 euros para las graves y 500 euros para las muy graves.

            Por otro lado:
            • Se reduce el periodo de prescripción de las infracciones muy graves, de 12 a 6 meses.

            Y no recuerdo haberlo leído en su día. Mañana, si puedo, le hecho un ojo porque no me cuadra. Además, no tiene lógica que un infracción muy grave (que conlleva multa pecuniaria a narices) tenga sólo 6 meses de plazo de prescripción, cuando las pecuniarias  precribirían a los 4 años. Aquí falla algo.

            A todo esto, no menciona muchas de las modificaciones que entran en vigor a finales de mayo, sólo las que afectan al ministerio de Economía.

            Un saludo

            PD: lo que no entiendo es porqué el documento tiene el sello del ministerio de Economía y Hacienda, si la DGT (y sus competencias, salvo en comunidades con competencias transferidas) depende del Ministerio de Interior.

            Avatar de -=Markussen=-

              Me he quedado a cuadros. Lo que me llama la atención es el cambio de domicilio físico por el de virtual, que seguramente esté de alguna manera relacionado con la notificación automática de multas vía mail, sms, etc.

              Avatar de xavimk3

                lo del domicilio virtual no va a salir bien, lo presiento. Y si el filtro antispam bloquea el email? Y si tienes que cancelar tu cuenta porque te la han hackeado? Y si tienes 15000 mensajes leídos, ese día te llegan 47 y no lo ves (sí, hay gente así)? vamos, que para crear excusas en España somos los número 1. y si la gente lo hace con el domicilio físico, no lo van a hacer con esto.

                el resto, pues el afán recaudatorio habitual. especialmente descarado lo de los 6 meses de prescripción si es una falta grave (imagino que para forzar un trámite más rápido de la administración) y 4 años si es sólo multa. el resto no me llama demasiado la atención.

                Avatar de Fiorano

                  [quote quote=»xavimk3″]
                  lo del domicilio virtual no va a salir bien, lo presiento. Y si el filtro antispam bloquea el email? Y si tienes que cancelar tu cuenta porque te la han hackeado? Y si tienes 15000 mensajes leídos, ese día te llegan 47 y no lo ves (sí, hay gente así)? vamos, que para crear excusas en España somos los número 1. y si la gente lo hace con el domicilio físico, no lo van a hacer con esto.

                  el resto, pues el afán recaudatorio habitual. especialmente descarado lo de los 6 meses de prescripción si es una falta grave (imagino que para forzar un trámite más rápido de la administración) y 4 años si es sólo multa. el resto no me llama demasiado la atención.
                  [/quote]

                  Tú mismo presientes que el domicilio virtual no va a salir bien y te respondes a ti mismo. Con todas las suposiciones sobre el correo que mencionas, ciertas totalmente, ahí está el afán recaudatorio, si te entra por spam y se borra automáticamente y no lo lees, ellos te dan por avisado y te embargan la cuenta, como siempre …

                  Avatar de xavimk3

                    pero eso no es nada nuevo, Fio. hoy día, cualquier multa te puede ser notificada por publicación en el BOE si no pueden notificártelo por carta certificada. Y no sé tú, pero yo sé de poca gente que ojee el BOE cada día.

                    comparado con eso, lo del email es una chorrada. afán recaudatorio? en este caso creo que es del bueno, porque sino sería tan fácil como dar mal tu dirección (real ahora, virtual a partir de este mes) y dedicarse a delinquir.

                    el problema, en mi modo de ver, no es si te llegan o no las cartas sino los motivos por los que te llegan. a mí me parece fatal que me multasen por ir a 140, pero me parecería igual o más mal que alguien que, por ejemplo, ha conducido borracho se librase de la multa por no recibirla.

                    Avatar de Fiorano

                      [quote quote=»xavimk3″]
                      pero eso no es nada nuevo, Fio. hoy día, cualquier multa te puede ser notificada por publicación en el BOE si no pueden notificártelo por carta certificada. Y no sé tú, pero yo sé de poca gente que ojee el BOE cada día.

                      comparado con eso, lo del email es una chorrada. afán recaudatorio? en este caso creo que es del bueno, porque sino sería tan fácil como dar mal tu dirección (real ahora, virtual a partir de este mes) y dedicarse a delinquir.

                      el problema, en mi modo de ver, no es si te llegan o no las cartas sino los motivos por los que te llegan. a mí me parece fatal que me multasen por ir a 140, pero me parecería igual o más mal que alguien que, por ejemplo, ha conducido borracho se librase de la multa por no recibirla.
                      [/quote]

                      Sí, lo sé, que están en el BOE. Me lo vas a contar que me tuve que buscar la vida con el BOE porque los del Ayuntamiento de mi ciudad, habiendo cambiado de domicilio hace más de diez años y todos los datos de los coches igualmente, me enviaron la multa al antiguo domicilio y me encontré con una minuta cuanto menos generosa en un aviso de embargo …

                      Por eso digo, que como casi nadie lee el BOE, este medio, dado que casi todo el mundo usa internet y tiene cuenta de correo, les vale como una excusa más de haberte avisado de fomra más rápida ….

                    Viendo 9 entradas - de la 1 a la 9 (de un total de 9)
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